-Constitución Española
(artículo 40.2) ->1978
Asimismo, los poderes públicos fomentarán una política que
garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e
higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la
limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la
promoción de centros adecuados.
-Estatuto de los Trabajadores (artículo 19) ->1980
-Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) ->1995
-Reglamento de los Servicios de Prevención (RD 30/1997) ->1997
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